Resolución 4240/00 Art. 93. Se puede importar la mercancía que sustituye la averiada, defectuosa o impropia, sin exigir su exportación previa, constituyendo la garantía bancaria que será equivalente al ciento por ciento (100%) del valor de los tributos aduaneros de la mercancía, la vigencia será de un año contado a partir de la fecha de presentación de la Declaración de Importación de la mercancía importada. Art. 141 Decreto 2685/99. La mercancía averiada deberá exportarse dentro de los seis(6) meses siguientes a la autorización de levante de la mercancía importada. La modalidad de Exportación debe ser 104 Exportación definitiva de mercancías que resultaron averiadas, defectuosas o impropias para el fin que se importaron. Al momento de hacer la importación la garantía del fabricante debe estar vigente.
Es procedente, Zona Franca se considera extraterritorial y como tal se considera una Exportación si la mercancía es procedente del Territorio Aduanero Nacional.
Decreto 2685/99 Art. 231, Se debe presentar declaración de Legalización, si es de manera voluntaria sin intervención de la autoridad aduanera, deberá liquidarse en la misma,además de los tributos aduaneros que correspondan, el veinte por ciento (20%) del valor en aduana de la mercancía por concepto de Rescate.
Decreto 2685/99 Art. 521 Reducción de la sanción de multa por Infracción administrativa aduanera. Estas se reducirán a los siguientes porcentajes sobre el valor establecido en cada caso Al 20% cuando se haga de manera voluntaria y por escrito haber cometido la infracción. Al 40% cuando el infractor reconozca por escrito haber cometido la infracción dentro del término previsto para dar respuesta al Requerimiento Especial Aduanero Al 60% cuando el infractor reconozca por escrito dentro del termino para interponer el recurso contra el acto administrativo que decide de fondo la imposición de una sanción.
Decreto 2685/99 Art. 268, Además de los contemplados en dicho articulo , es necesario, suscribir carta de responsabilidad ante Antinarcoticos, cámara de comercio original, instrucciones diligenciamiento de Guía o B/L.
Se debe declarar al momento de la salida en el aeropuerto, diligenciando un formato que para esto expide la DIAN, y a su regreso reportarlo de nuevo, mostrando la copia de dicho formulario de salida.
Se debe introducir al País bajo la modalidad de Importación Temporal, siempre y cuando cumpla con algunos de los literales del Art. 94 de la Resolución 4240/2000. Ahora si son Bienes de Capital y están dentro de los bienes estipulados como tal en el Art. 98 de la Res. 4240/2000, y se contempla la posibilidad de que se deje la mercancía definitivamente en el país, bajo la terminación del régimen de temporal a definitiva, se debe presentar licencia previa antes de presentar la declaración de importación como Temporal.
Es la nacionalización de mercancías en las bodegas de la aerolínea en el Aeropuerto dentro de las 24 horas siguientes al arribo de la mercancía (Fecha y hora del manifiesto de carga). Para esto el documento de transporte debe estar consignado como Descargue Directo. Es para mercancías apremiantes, No es recomendable hacerlo para pedidos muy extensos. El éxito de la operación depende del tiempo de prealerta y de la llegada de los documentos para nacionalizar. Ha de aclararse que de no obtener el levante dentro de las 24 horas, la carga es trasladada automáticamente a un Deposito Autorizado para proceder con una nacionalización normal. Para embarques marítimos también se puede utilizar.
Conforme a la norma aduanera de valoración, el seguro hace parte del valor en aduana de la mercancía, por lo tanto se debe presentar una certificación de una aseguradora donde conste cuanto o a que tasa cobraría, por asegurar dicha mercancía teniendo en cuenta el origen y la vía de transporte. Y dicha certificación se presenta como documento soporte para la declaración de importación, tomando el valor allí certificado para el diligenciamiento de la misma.
Es una categoría que la DIAN asigna a grandes importadores y exportadores. Beneficios tales como flujo de caja, levantes automáticos, la posibilidad de tener un Deposito Privado, entre otros. En el caso de UAP los Tributos Aduaneros son cancelados al final del mes mediante un Recibo consolidado de pagos de todas las importaciones efectuados a lo largo del mes. Se debe cumplir con ciertos requisitos que exige la DIAN, en los cuales Almaviva S.A. lo puede asesorar.